Información verificada el 8 de noviembre de 2026 a las 04:25 UTC.
En México, el aguinaldo de 40 días de 2026 corresponde a las personas servidoras públicas de dependencias y entidades federales cuya relación laboral se rige por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en los términos del decreto anual. Otros grupos incluidos en ese instrumento pueden recibir hasta 40 días, según su categoría y las reglas aplicables.
El decreto publicado el 23 de octubre no convierte los 40 días en un mínimo general para quienes trabajan en empresas privadas. Para las relaciones regidas por la Ley Federal del Trabajo, el artículo 87 mantiene un mínimo de 15 días de salario por un año de servicio, aunque un contrato o convenio puede establecer una prestación mayor.
Destaques
- El decreto federal de 2026 contempla 40 días para el personal comprendido en su artículo cuarto, fracción I.
- Para otras categorías, como determinados pensionistas y prestadores de servicios por honorarios, establece hasta 40 días bajo condiciones específicas.
- El pago federal podrá comenzar a partir del 10 de noviembre; eso no significa que todas las personas lo recibirán ese día.
- En el sector privado, el mínimo legal general sigue siendo de 15 días por un año de trabajo, salvo una prestación superior aplicable.
¿A quiénes les corresponden 40 días de aguinaldo en 2026?
El decreto del aguinaldo para el ejercicio fiscal 2026, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece el equivalente a 40 días para las personas servidoras públicas de dependencias y entidades cuya relación jurídica de trabajo se regula por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. La base de cálculo y las condiciones se sujetan a los lineamientos correspondientes.
Para saber si se pertenece a ese grupo, conviene identificar la dependencia empleadora y el régimen laboral que figura en el nombramiento o en los documentos de recursos humanos. Trabajar para una institución pública no basta, por sí solo, para concluir que se aplica exactamente la misma regla: también existen organismos y empleos sujetos a disposiciones distintas.
El artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado prevé un aguinaldo anual equivalente, como mínimo, a 40 días de salario para las personas comprendidas en esa ley. Si el servicio fue menor a un año, corresponde revisar las normas sobre la parte proporcional.
¿Quiénes pueden recibir hasta 40 días?
El decreto también contempla otras categorías, pero distingue entre una prestación equivalente a 40 días y una de hasta esa cantidad. Entre los grupos sujetos a las condiciones específicas del instrumento están personal de confianza, enlace y mando; integrantes del Servicio Exterior Mexicano; militares en activo; determinadas personas contratadas por honorarios con cargo al capítulo de Servicios Personales, y pensionistas comprendidos en el decreto.
En particular, la referencia a honorarios no abarca automáticamente todos los contratos de prestación de servicios. Es necesario comprobar la modalidad de contratación, la partida con la que se cubre y los lineamientos aplicables. De igual forma, para las personas pensionistas contempladas, el decreto refiere una gratificación de hasta 40 días de la cuota asignada, no necesariamente de un salario de trabajador activo.
Si una persona prestó servicios durante menos de todo 2026, el decreto prevé el pago proporcional en los supuestos que regula. Por eso, pertenecer a un grupo mencionado no significa recibir necesariamente el importe correspondiente a 40 días completos.
¿El aguinaldo de 40 días también aplica al sector privado?
No como mínimo general. La Ley Federal del Trabajo fija en su artículo 87 al menos 15 días de salario para quienes completaron un año de servicios. También reconoce una parte proporcional a quienes trabajaron menos tiempo, incluso si ya no laboran para el patrón cuando se liquida el aguinaldo.
Una empresa sí puede otorgar 40 días o más cuando así lo establezca el contrato individual, el contrato colectivo u otra condición aplicable. Por ello, una persona del sector privado que quiera confirmar si tiene derecho a una prestación superior debe revisar esos documentos y sus recibos, en lugar de suponer que el decreto para la administración pública federal modificó su régimen.
Esta distinción también ayuda a interpretar las propuestas legislativas: una iniciativa para elevar el mínimo no cambia por sí sola la ley. Para que una modificación sea exigible debe completar el proceso correspondiente, publicarse y entrar en vigor conforme a sus disposiciones.
¿Cuándo se paga el aguinaldo de 2026?
El decreto federal permite comenzar a cubrir el aguinaldo comprendido en él a partir del 10 de noviembre de 2026, conforme a los lineamientos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Se trata del inicio permitido, no de una fecha de depósito garantizada para cada beneficiario. La dependencia o entidad puede informar el calendario concreto que le corresponda.
Para quienes están sujetos al artículo 42 Bis de la ley de trabajadores al servicio del Estado, esa disposición establece el pago del 50% antes del 15 de diciembre y del otro 50% a más tardar el 15 de enero. En el caso del aguinaldo de 2026, la segunda fecha corresponde a enero de 2027. Las condiciones de otros grupos deben consultarse en su régimen y lineamientos.
Para las personas regidas por la Ley Federal del Trabajo, el artículo 87 dispone que el aguinaldo se pague antes del 20 de diciembre. Un patrón puede entregarlo antes de esa fecha; no necesita esperar a la última semana del plazo.
¿Qué hacer si no recibes el aguinaldo que te corresponde?
Primero identifica qué ley y qué contrato regulan la relación, cuánto tiempo trabajaste y qué prestación reconoce tu documentación. Conserva nombramiento o contrato, recibos de nómina y comprobantes del pago recibido. Después solicita por escrito una aclaración al área de recursos humanos o al patrón, según corresponda.
Si la respuesta no resuelve la diferencia, las personas trabajadoras del sector privado pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir orientación gratuita. En el servicio público conviene consultar también al sindicato, al área jurídica de la institución o a la autoridad laboral competente para el régimen específico. No es necesario esperar al cierre de 2026 para reunir los documentos y verificar las condiciones.
Preguntas frecuentes
¿Los 40 días son obligatorios para todas las empresas?
No. El mínimo general de la Ley Federal del Trabajo es de 15 días por un año de servicios. Puede corresponder una prestación mayor si está reconocida en las condiciones aplicables.
¿Se pierde el aguinaldo si se trabajó menos de un año?
No. En los regímenes mencionados existen reglas de pago proporcional; la cantidad y su base dependen del tiempo de servicio y de la normativa aplicable.
¿Todo el personal federal cobrará el 10 de noviembre?
No necesariamente. El decreto permite iniciar los pagos desde esa fecha, pero no ordena que todos los depósitos se hagan ese día.