Información verificada el 8 de noviembre de 2026 a las 14:29, hora peninsular española (CET, UTC+01:00).
Para acceder a la jubilación ordinaria contributiva en España en 2026, la regla general exige tener 65 años si se acreditan al menos 38 años y 3 meses cotizados. Con menos cotización, la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses. Además, hay que cumplir un periodo mínimo de cotización y las demás condiciones aplicables a cada caso.
La edad no basta por sí sola: también importa cuándo se ha cotizado y cuál es la situación de la persona al solicitar la prestación. Quien no reúna los requisitos contributivos puede estudiar si cumple los de una pensión no contributiva, que se rige por criterios distintos de residencia e ingresos.
Destaques
- En 2026 se necesitan, como regla general, al menos 15 años cotizados para acceder a la jubilación contributiva.
- De esos 15 años, normalmente dos deben estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante; existen reglas especiales para determinadas situaciones.
- La jubilación anticipada tiene requisitos propios y puede reducir la cuantía de la pensión.
- Desde 2027 cambia el umbral de cotización para jubilarse ordinariamente a los 65 años, según el calendario legal vigente.
¿Qué requisitos generales se exigen para cobrar una pensión contributiva?
La Seguridad Social examina la edad, los periodos de cotización y la situación de la persona en la fecha en que se causa el derecho. En el Régimen General, la jubilación ordinaria puede reconocerse tanto desde el alta o una situación asimilada como, si se cumplen las condiciones de edad y cotización, desde una situación de no alta.
La regla general de cotización exige 15 años como mínimo. Al menos dos deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al hecho causante. Si se accede desde una situación de alta o asimilada sin obligación de cotizar, esos dos años se buscan en los 15 anteriores a la fecha en que cesó dicha obligación. La Seguridad Social explica las situaciones de acceso y sus condiciones.
Por ejemplo, una persona que haya cotizado 20 años no cumple necesariamente todos los requisitos por superar el mínimo total: también debe comprobar si acredita el periodo específico de dos años y si ha alcanzado la edad aplicable. El análisis depende de su situación concreta.
¿A qué edad se puede acceder a la jubilación ordinaria en 2026?
Para los hechos causantes de 2026, el calendario general distingue dos supuestos:
- 65 años: con 38 años y 3 meses o más de cotización acreditada.
- 66 años y 10 meses: con menos de 38 años y 3 meses cotizados, siempre que se reúna el mínimo exigido para la pensión.
Estas edades corresponden a la jubilación ordinaria general. Hay modalidades y colectivos con reglas específicas. El calendario gradual figura en la información de la Seguridad Social sobre la reforma de la jubilación.
¿Se puede cobrar la pensión si se está en paro o no se trabaja?
Sí, es posible. El desempleo puede constituir una situación asimilada al alta si se cumplen las condiciones correspondientes. Por ejemplo, la Seguridad Social incluye el paro involuntario tras agotar la prestación, siempre que se mantenga la inscripción como demandante de empleo.
También puede accederse a la jubilación ordinaria desde una situación de no alta si se reúnen los requisitos de edad y cotización. Esto no significa que cualquier periodo sin trabajar cuente automáticamente como cotizado: conviene comprobar qué periodos reconoce la Administración y cuál es la fecha relevante para el requisito de los dos años.
¿Qué cambia en la jubilación anticipada?
La jubilación anticipada voluntaria permite, en términos generales, adelantar el acceso hasta dos años respecto de la edad ordinaria que corresponda. Exige, entre otras condiciones, acreditar al menos 35 años de cotización efectiva y que la pensión resultante supere la pensión mínima que correspondería a los 65 años, según las reglas aplicables. La cuantía se reduce mediante coeficientes que dependen de la anticipación y de la cotización. Los detalles figuran en la guía oficial de jubilación anticipada voluntaria.
La modalidad derivada de un cese no voluntario puede permitir un adelanto de hasta cuatro años, pero exige condiciones adicionales: entre ellas, al menos 33 años de cotización efectiva, inscripción como demandante de empleo durante los seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud y una causa de cese admitida por la ley. También se aplican reducciones. No todo despido o salida del empleo da acceso automáticamente a esta modalidad; la Seguridad Social detalla los requisitos del cese no voluntario.
¿Qué ocurre si no se ha cotizado el mínimo?
La pensión no contributiva de jubilación puede ser una alternativa para quienes no alcanzan la cotización necesaria, siempre que cumplan sus propios requisitos. Entre ellos están tener 65 años o más, residir legalmente en España y acreditar diez años de residencia entre los 16 años y el devengo de la pensión; dos de ellos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
También se exige carecer de ingresos suficientes. Para valorar este requisito se tienen en cuenta las rentas personales y, según el caso, las de la unidad económica de convivencia. La cuantía individual depende de esas circunstancias. El Imserso publica los requisitos y límites aplicables.
¿Qué pasa con las cotizaciones realizadas en el extranjero?
Si se ha trabajado en varios países de la Unión Europea, los periodos de seguro pueden sumarse para comprobar el derecho a pensión cuando sea necesario. Cada país examina sus condiciones y calcula la prestación que corresponda; las edades de acceso pueden ser diferentes. Por ello, las partes de la pensión no tienen por qué empezar a cobrarse al mismo tiempo. La Comisión Europea explica el procedimiento en Tu Europa: pensiones públicas en el extranjero.
¿Qué conviene preparar antes de presentar la solicitud?
Es útil reunir la identificación, los datos bancarios y la documentación que pueda acreditar circunstancias relevantes, como periodos de trabajo en el extranjero o una causa de cese. La Seguridad Social puede solicitar documentos adicionales según el expediente. Su servicio de solicitud de pensión de jubilación permite iniciar el trámite y consultar sus condiciones.
La fecha de solicitud importa para los efectos económicos. Para trabajadores en alta, la Seguridad Social indica que puede presentarse dentro de los tres meses anteriores o posteriores al cese. Conviene revisar la regla aplicable a cada situación antes de hacerlo.
¿Qué cambia a partir de 2027?
Según el calendario legal vigente, desde 2027 la edad ordinaria será de 65 años para quienes acrediten al menos 38 años y 6 meses cotizados. Con menos cotización, será de 67 años, siempre que se cumplan los demás requisitos. Quien prevea jubilarse en 2027 debe tomar ese umbral como referencia y comprobar la normativa aplicable cuando llegue el momento.
Preguntas frecuentes
¿Con 15 años cotizados se cobra la pensión completa?
No necesariamente. Quince años pueden abrir el derecho si se cumplen las demás condiciones, pero la cuantía depende de la base reguladora, los años cotizados y otros factores aplicables.
¿Hay que estar trabajando al cumplir la edad de jubilación?
No siempre. Puede accederse desde una situación asimilada al alta o incluso desde una situación de no alta, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.
¿Se puede pedir la pensión no contributiva sin haber cotizado?
Sí. No exige una cotización mínima, pero sí cumplir los requisitos de edad, residencia e ingresos establecidos para esa prestación.