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Empadronamiento en Madrid: requisitos y documentos para inscribirte
Empadronamiento en Madrid: requisitos y documentos para inscribirte
Te acabas de mudar a Madrid, pero al revisar los requisitos del empadronamiento no sabes si basta con el pasaporte, si necesitas autorización del propietario o qué documento sirve para demostrar dónde vives. La clave es separar tres cosas: identificar a cada persona, acreditar el uso de la vivienda y aportar las autorizaciones necesarias. La documentación cambia según alquiles, seas propietario, vivas con alguien ya empadronado o tramites el alta de un menor.
La guía municipal consultada el 26 de septiembre de 2026 permite hacer el trámite en línea con identificación electrónica o presencialmente con cita previa. El alta no se confirma en el acto: el Ayuntamiento revisa los documentos y fija un plazo máximo de resolución de tres meses. A continuación tienes el orden más práctico para preparar la solicitud.
Empieza por reunir un documento de identidad vigente de cada persona que se vaya a inscribir.
1. Comprueba si necesitas un alta o un cambio de domicilio
Si es la primera vez que te inscribes en el Padrón de Madrid, corresponde un alta. Si ya estabas inscrito en la ciudad y te mudas a otra vivienda dentro del municipio, se trata de un cambio de domicilio. La sede municipal tramita ambos supuestos en el procedimiento de “altas y cambios de domicilio”. Si necesitas únicamente un certificado de empadronamiento, consulta el trámite de certificados: no es lo mismo que modificar la inscripción.
El padrón debe reflejar el domicilio donde resides habitualmente. Antes de rellenar la solicitud, confirma la dirección completa —incluidos piso y puerta— y decide quiénes se empadronarán allí. La hoja padronal recoge a las personas que se inscriben en esa dirección y, en la modalidad presencial, todas las personas adultas incluidas deben firmarla.
2. Prepara la hoja padronal y los documentos de identidad
Para una solicitud presencial, descarga y rellena la hoja padronal con los datos de cada persona. El Ayuntamiento indica que se complete en mayúsculas y que firmen a mano todas las personas mayores de edad. También se exige una declaración responsable cuando haya personas inscritas en esa vivienda que ya no residan allí. En línea se completa la solicitud electrónica y se adjuntan los documentos que correspondan.
La identificación depende de la edad y la nacionalidad:
Personas españolas mayores de 14 años: DNI o pasaporte en vigor. En la oficina, lleva el original de quien presenta la solicitud; para las demás personas, la sede admite original o copia según el caso.
Personas extranjeras mayores de 14 años de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza: NIE, si se dispone de él, junto con pasaporte o documento nacional de identidad vigentes. Si el documento no incluye firma o faltan datos necesarios, el Ayuntamiento puede exigir pasaporte original o la comparecencia personal.
Personas de otras nacionalidades mayores de 14 años: permiso de residencia en vigor; si no se dispone de él, pasaporte. Para solicitantes de protección internacional se contempla el resguardo de presentación de la solicitud, válido a partir del primer mes desde la fecha de solicitud, y los documentos que acrediten que la protección está en tramitación.
Menores de 14 años: libro de familia, certificado de nacimiento, permiso de residencia o pasaporte, según la situación. Si tienen DNI o pasaporte, también se aporta.
Los documentos emitidos por autoridades extranjeras pueden requerir traducción jurada oficial. Comprueba este punto antes de la cita si vas a presentar certificados que no estén en español.
3. Acredita que resides en esa vivienda
La persona que solicita el alta debe aportar un documento de uso de la vivienda donde consten la dirección y el nombre de, al menos, una de las personas que se empadronan. Para un alquiler, el documento habitual es un contrato vigente de vivienda o habitación. La página municipal establece que debe durar al menos seis meses, estar firmado por quienes aparecen en el contrato e incluir la referencia catastral; si esta no figura, se aporta un documento complementario.
Comprueba que el contrato vigente identifica la dirección y a una de las personas que se empadronan.
Si el contrato está prorrogado o se firmó electrónicamente, la información municipal pide además el justificante del último pago del alquiler. Este recibo debe permitir identificar a arrendador y arrendatario, el periodo pagado y la dirección del arrendamiento. Para alquilar una habitación, el contrato de alquiler de la habitación es el documento acreditativo indicado por el Ayuntamiento.
Si eres propietario, puedes aportar escritura o copia simple, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad. Hay una condición importante: estos documentos solo bastan si no se ha inscrito a otras personas en la vivienda después de la fecha del documento. Si hubo inscripciones posteriores y esas personas ya no viven allí, el Ayuntamiento solicita además una factura de suministro de antigüedad máxima de tres meses. La administración puede pedir documentación adicional si necesita comprobar los datos.
¿Y si no apareces en el contrato o no tienes un justificante a tu nombre?
No elijas un documento al azar. La sede prevé situaciones en las que una persona no tiene título de uso propio o convive con alguien que ya figura en el padrón. En ciertos casos, quien tiene la titularidad del uso de la vivienda debe autorizar el alta y aportar su documento de identidad y el justificante de esa titularidad. En otros, si presentas un título válido pero vas a residir con alguien ya empadronado, se pide una declaración de residencia de una persona adulta inscrita y su identificación.
Si no tienes ningún documento que pruebe el domicilio y tampoco hay alguien que pueda autorizarte, el Ayuntamiento indica que puede asesorar y valorar el caso, y emitir los informes que procedan para facilitar la inscripción. Contacta con el servicio municipal antes de pedir cita para que te orienten sobre tu situación concreta. La falta de un contrato a tu nombre no permite concluir por sí sola qué documentos alternativos aceptarán: depende de las circunstancias y de la comprobación municipal.
4. Si empadronas a un menor, revisa las firmas y la custodia
Para un menor no emancipado, el Ayuntamiento indica que las gestiones padronales deben contar con la autorización de quienes ejercen la patria potestad. Si el menor se empadrona con ambos progenitores, prepara el libro de familia o certificado de nacimiento y la hoja padronal firmada por ambos. Si se inscribe con uno solo, normalmente se aporta también la autorización del otro progenitor.
Si incluyes a un menor, prepara su documento de identidad y las autorizaciones familiares que correspondan.
Puede servir una resolución judicial de guarda y custodia que establezca con quién o dónde debe empadronarse. Si la resolución no especifica el domicilio o prevé convivencia alterna sin indicar periodo, el Ayuntamiento puede exigir también la autorización del otro progenitor. Cuando hay custodia exclusiva y es imposible obtener ese consentimiento, la sede describe la documentación judicial y la declaración responsable que se debe aportar para explicar la situación. Para inscribir a un menor con personas que no son sus progenitores, se requiere autorización de ambos o, en caso de tutela o acogimiento, la resolución correspondiente.
Los menores no emancipados que se inscriben en la vivienda donde ya constan sus progenitores o representantes legales no necesitan aportar la prueba de uso de la vivienda. Aun así, sí deben presentar la documentación de identidad y representación que corresponda.
5. Elige cómo presentar la solicitud
En línea
La tramitación electrónica requiere identificación admitida por la sede. Adjunta la hoja o formulario y los justificantes solicitados para tu caso. Si la solicitud necesita consentimientos de otras personas, estas disponen de cinco días naturales desde la presentación para aportarlos; si no se completan en ese plazo, la solicitud puede cancelarse por incompleta. Guarda el justificante y consulta el estado del expediente en la sede. No presentes al mismo tiempo una solicitud presencial mientras siga activa la vía electrónica.
Presencialmente
Pide cita previa en una Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC) para el trámite de altas, bajas y cambio de domicilio. Puedes solicitarla en línea, por teléfono —010 desde la ciudad de Madrid o 914 800 010 desde Madrid o desde fuera— o mediante el chat de Línea Madrid. La cita debe estar a nombre de la persona adulta que acudirá. La página municipal indica actualmente un máximo de una cita por persona cada 30 días y que solo se pueden tramitar gestiones de un mismo domicilio por cita; comprueba el aviso vigente al reservar. Lleva los originales requeridos, las firmas y los documentos de vivienda y autorización. Una persona representante puede acudir si aporta la autorización y la identificación correspondientes.
En la vía presencial, presenta la documentación completa en la cita de la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Qué esperar después de presentar el alta
Recibir el justificante de presentación no significa que el alta ya esté resuelta. El Ayuntamiento revisa la solicitud y puede comprobar la vivienda o pedir información adicional. La sede señala un plazo máximo de tres meses para resolver, contado desde la solicitud. Si tramitaste en línea, conserva el justificante y consulta el estado electrónico; si fuiste presencialmente, pregunta en la oficina qué justificante puedes obtener al terminar la gestión.
Si el Ayuntamiento detecta personas empadronadas en la vivienda que ya no residen allí, puede iniciar un expediente para darles de baja por inscripción indebida. Por eso conviene indicar la situación real en la declaración responsable en vez de omitirla. Si falta un documento, responde por el canal y dentro del plazo que indique la notificación.
Lista de comprobación antes de enviar o acudir a la cita
He elegido el trámite correcto: alta en Madrid o cambio de domicilio dentro de la ciudad.
La dirección coincide exactamente en la hoja padronal y en el justificante de vivienda.
Tengo un documento de identidad vigente para cada persona y los documentos de menores que correspondan.
Mi contrato de alquiler está vigente y revisé duración, firmas, referencia catastral y recibo de pago cuando aplica.
He reunido las autorizaciones de convivencia, representación o patria potestad que correspondan.
Si voy presencialmente, tengo cita previa y llevo originales; si lo hago en línea, puedo identificarme electrónicamente.
Tras enviarlo, guardaré el justificante, estaré pendiente de requerimientos y revisaré el estado hasta recibir la resolución.